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| Piden atender dictámenes para revisar concesión de Telmex |
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Notimex El Universal Ciudad de México Martes 19 de diciembre de 2006 |
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Informa la Canitec que la petición se da al conocer la determinación de la Cofetel de desechar la imposición de contraprestación a Teléfonos de México por la modificación a su título para prestar el servicio de televisión
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La Cámara Nacional de la Industria de Telecomunicaciones por Cable (Canitec) pidió atender la solicitud de la Secretaría de Hacienda y fundamentar en estudios y dictámenes económicos-financieros y jurídicos la decisión de modificar el título de concesión de Telmex.
En un comunicado, explicó que la petición se da al conocer la determinación de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) de desechar la imposición de contraprestación alguna a Teléfonos de México (Telmex) por la modificación a su título de concesión para prestar el servicio de televisión.
Al respecto, precisó, la Canitec "hace un exhorto a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y a la propia Cofetel para atender las solicitudes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)" .
"Y fundamentar su decisión en los estudios y dictámenes económico-financieros, así como el dictamen jurídico sobre la modificación aludida" , remarcó.
Explicó que en el oficio 101 mil 545 del 27 de septiembre, el titular de la SHCP (en ese entonces Francisco Gil Díaz) precisa que "la valuación de las acciones se hizo con base en los servicios que Telmex tiene autorizados prestar" .
Ello al utilizar una metodología para obtener una estimación del valor del capital accionario de Telmex mediante la valuación de cada una de las unidades de negocios de dicha empresa.
"Por lo tanto, la eliminación de las restricciones contenidas en las condiciones 1-9 y 2-2 del título de concesión de Telmex permitirían a la empresa aumentar sus ingresos y ganancias esperadas" .
"Luego entonces, si en el contrato de compraventa señaló que la voluntad del gobierno federal era la de no modificar el título de concesión de Telmex, salvo en los casos expresamente señalados en el mismo (expansión, calidad y tarifas) y la valuación del paquete accionario se llevó a cabo considerando los servicios que dicha empresa podía prestar.
"Es incorrecto afirmar como lo hace la SCT, que las prohibiciones del mencionado título de concesión no fueron factores económicos relevantes para la integración de las posturas de los participantes en la subasta pública".
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