Formato de impresión patrocinado por


En tanto no haya denuncia vs Ferro, puede entrar al país: INM
Notimex
El Universal
Ciudad de México
Martes 30 de mayo de 2006




En tanto cuente con sus documentos migratorios en regla, y no exista una denuncia civil o penal en su contra, el cantante italiano Tiziano Ferro podrá entrar a territorio nacional de manera libre, de acuerdo con la política migratoria mexicana.

Sin embargo, la Asociación Nacional de Actores (ANDA) tiene signado, desde julio de 2003, un convenio de colaboración con el Instituto Nacional de Migración (INM) para evitar que artistas de todas las ramas, famosos o incipientes, trabajen de manera ilegal aquí.

El marco jurídico y organizacional que rige al Instituto Nacional de Migración señala, en su página de Internet, que todo extranjero debe cumplir requisitos básicos (como acta de nacimiento y fotografía, por ejemplo) y otros más serios, como la forma FM1.

Así, todo extranjero puede entrar como turista pero, si desea trabajar, se hace necesaria la FM1. En el caso del cantante Ferro, fuentes de la dependencia estiman que ? lo más seguro es que tenga sus documentos en regla, pues ha venido a trabajar en varias ocasiones ? .

En ese sentido, la misma fuente expresó que en el caso de los artistas el término ? trabajar ? no se limita a que canten, bailen o desarrollen su especialidad artística como tal, sino que ? incluye la promoción como entrevistas, presentación y firma de discos, entre otros ? .

A través de ese documento, el extranjero declara bajo protesta una serie de datos dirigidos de manera directa al titular de Gobernación. En caso de existir algún impedimento legal, el INM negará el acceso a territorio nacional y en su caso se procederá a su detención.

En la web se explica que los extranjeros pueden ingresar al país como Inmigrados, No Inmigrantes e Inmigrantes. El primero es el extranjero que adquiere derechos de residencia definitiva en el país de acuerdo con el Artículo 52 y 53 de la Ley General de Población vigente.

El No Inmigrante es el extranjero que con permiso de la Secretaría de Gobernación se interna en el país de forma temporal, (Artículo 42 de la misma Ley) y pueden ser turista, ministro de culto, asilado político, refugiado, estudiante, visitante distinguido, local, provisional o corresponsal.

Por último, el Inmigrante es el extranjero que se interna legalmente en el país con el propósito de radicarse en él, en tanto adquiera la calidad de Inmigrado, (Artículos 44 y 48 de la misma Ley) y puede ser inversionista, profesional o científico.

Respecto al convenio de colaboración entre ANDA e INM, tiene el objetivo de intercambiar información de extranjeros que pretendan desarrollar actividades artísticas en el país. Ello, al considerar que la corresponsabilidad es buena fórmula para alcanzar objetivos.

Con ese pacto el INM asumió el compromiso con los artistas del país para vigilar que no se den competencias desleales. Tal es reflejo de la democracia mexicana, el trabajo conjunto entre la sociedad y el propio gobierno, explica la web.

En el mismo documento se señala que ? las dos instancias unen esfuerzos para detectar irregularidades en las labores artísticas de extranjeros que contravienen lo dispuesto por la calidad migratoria que les es otorgada, incumpliendo así con la legislación ? .

Esta información permite llevar un control del flujo migratorio, más apegado a la realidad, y actualizar la estadística de los artistas que se internan en México.

mgg



© 2009 Copyright El Universal-El Universal Online