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Calderón revive plan Fox sobre uso de droga
Jorge Ramos y Ricardo Gómez
El Universal

Viernes 03 de octubre de 2008

Pretende quitar castigo a consumo; inculpado deberá ir a tratamiento médico

jorge.ramos@eluniversal.com.mx ricardo.gomez@eluniversal.com.mx

Como parte de una estrategia para combatir al narcomenudeo, el presidente Felipe Calderón propuso al Senado la despenalización del consumo personal de drogas, y para ello, envió una propuesta de reformas a la Ley General de Salud y a los Códigos Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales.

Además, la propuesta busca fijar la coordinación y participación entre los ministerios públicos locales y federales para las investigaciones en torno a narcomenudistas, además de que prevé que agentes de la policía puedan adquirir droga o recibirla como técnica de investigación y “únicamente” para la indagación de los delitos de narcomenudeo.

De esta manera, Calderón revive las iniciativas que hizo el ex presidente Vicente Fox para fijar límites de consumo de diversos tipos de enervantes, como la cocaína, mariguana, metanfetaminas, LSD y “cristal”, entre otros.

En enero de 2004, Fox propuso modificar estas leyes para combatir al narcomenudeo, mismas que fueron aprobadas por el Senado y Cámara de Diputados.

Sin embargo, fueron vetadas por el propio Fox en mayo de 2006, luego de que los diputados agregaran una lista de consumo mínimo de ocho drogas. Estados Unidos expresó su oposición por la medida.

Inicialmente Fox había anticipado que publicaría las reformas aprobadas, pero al final decidió emitir su veto al considerar excesivas las cantidades de consumo. No eliminó el listado pero las redujo sustancialmente.

La propuesta de Calderón retomó las cantidades planteadas al final por su antecesor.

En su iniciativa presentada ante el Pleno del Senado contempla en el artículo 478 de la Ley General de Salud, que el Ministerio Público “no ejercitará acción penal por el delito previsto en el artículo anterior, en contra de quien posea alguno de los narcóticos señalados en la tabla, en la misma cantidad o inferior a la prevista en dicha tabla”.

Y si el inculpado se somete y cumple voluntariamente el tratamiento médico respectivo para atender su farmacodependencia o en el caso de los no farmacodependientes a los programas de prevención correspondientes que al efecto señale la autoridad sanitaria.

La iniciativa de Calderón describe en el artículo 479 de la Ley General de Salud las cantidades del narcótico destinado para “su estricto e inmediato consumo personal”.

Las dosis máximas para opio son de dos gramos; diacetilmorfina o heroína, de 50 miligramos; Cannabis sativa, índica o mariguana, dos gramos; cocaína, 500 miligramos; lisergida (LSD), 0.015 miligramos; metilendioxianfetamina en polvo, granulado o cristal, 40 miligramos, pero si es en tabletas o cápsulas, una unidad con peso no mayor a 200 miligramos, igual para las metanfetaminas y la MDMA dl-34-metilendioxin-dimetilfeniletilamina.

Las observaciones de Fox vertidas en el veto en cuanto al consumo son idénticas a la propuesta de Calderón.

Las propuestas de Fox entregadas a la Comisión Permanente el 7 de enero de 2004 buscaban la participación de todos los niveles de gobierno en el combate al narcomenudeo, imponía cárcel de cuatro a ocho años y de 200 a 400 días de multas a quien comercie o suministre narcóticos en dosis individuales.



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