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Vacío legal en Cofipe sobre propaganda por internet
Alberto Aguirre
El Universal

Martes 27 de noviembre de 2007

La norma es específica al hablar de radio y tv, pero se nota ambigua con nuevas tecnologías

politica@eluniversal.com.mx

Limitados en el acceso a medios electrónicos, los partidos políticos y sus candidatos tienen paso franco a internet, anuncios espectaculares y grabaciones telefónicas.

Legisladores federales omitieron fijar reglas en el Código Federal de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales (Cofipe) para la propaganda a través de nuevas tecnologías.

Sin regulación quedaron cadenas de mensajes vía internet o celular, videos en YouTube, presentaciones en Powerpoint, mensajes en foros de discusión, caricaturas en la web que denigren o ridiculicen a candidatos, las push polls (encuestas fraudulentas) y llamadas generadas en call centers para hacer propaganda electoral, que la nueva legislación define como conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que realicen partidos y coaliciones para sus candidatos.

“No podrá contener expresiones que denigren a las instituciones y a los propios partidos, o que calumnien a las personas”, establece el texto del nuevo ordenamiento, al referirse a mensajes de los institutos políticos.

Pero el texto es ambiguo cuando se refiere al “retiro” de cualquier otra propaganda, que no sea la suspensión inmediata de mensajes en radio o televisión contrarios a la norma.

Según el artículo 49 del nuevo Cofipe, “en ningún momento” los partidos políticos, aspirantes, precandidatos y candidatos a cargos de elección popular podrán contratar o adquirir, por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión.

En el mismo sentido, ninguna persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular.

El artículo 229 señala gastos que pueden hacer en propaganda en medios impresos y producción de mensajes para radio y televisión, mientras el 232 se refiere a la “propaganda impresa” que “por medios gráficos” puede ser difundida durante una campaña. “No tendrán más límite, en los términos del artículo Séptimo de la Constitución, que el respeto a la vida privada de candidatos, autoridades, terceros y a las instituciones y valores democráticos”, puntualiza.

Crecerá la burocracia

La reforma al Cofipe más burocrácia del Instituto Federal Electoral. Con la reforma, el IFE tendría tres nuevas instancias: la Contraloría General, la Unidad de Fiscalización y el Comité de Radio y Televisión, cada una con recursos presupuestarios, técnicos, humanos y materiales.

Sus titulares tendrán autonomía en el ejercicio directo de sus facultades y atribuciones y su nivel jerárquico será equivalente al de los directores ejecutivos del Instituto.

En el Libro Séptimo del nuevo Cofipe quedaron enlistadas las funciones sustantivas de la Contraloría General, el órgano de control interno del IFE, por definición constitucional.

La Unidad de Fiscalización revisará informes financieros de partidos, mientras el Comité de Radio y Televisión fijará pautas de transmisión de mensajes de organizaciones y candidatos en medios electrónicos.

La Contraloría General del IFE verificará que las áreas administrativas del instituto ejerzan el presupuesto según la normatividad aplicable y contratos para las obras, bienes adquiridos o arrendados y servicios contratados asignados legalmente.



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