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| La Corte respalda sanciones a ´franeleros´ |
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Carlos Avilés
El Universal Martes 24 de abril de 2007 |
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Policía podrá remitir ante juez a ´coyotes´ y revendedores, entre otros
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que se pueda sancionar con multas o medidas de arresto a los limpiaparabrisas, franeleros, coyotes, revendedores de boletos y a quienes ejerzan o soliciten el servicio de prostitución, por incurrir en infracciones cívicas. El alto tribunal también aprobó que los policías capitalinos puedan asegurar y remitir ante el juez cívico correspondiente a todas las personas que incurran en este tipo de conductas y que sean sorprendidas "in fraganti". La facultad que los policías tienen para remitir a quienes incurren en infracciones cívicas es independiente del derecho que posee cualquier persona para denunciar a quienes realizan alguna de las conductas prohibidas. Cualquier persona puede denunciar estas conductas, en especial, cuando les ocasionan un perjuicio, como ocurre, por ejemplo, en las zonas donde los habitantes son afectados por la prostitución o cuando los franeleros se apropian de los espacios públicos. De manera unánime, el pleno de la Corte respaldó ayer las sanciones que se establecieron, de uno a 30 días de salario mínimo y arrestos de 6 a 36 horas, en contra de quienes violen lo dispuesto en la Ley de Cultura Cívica del DF que entró en vigor desde el 31 de julio de 2004. La ley establece castigos para quien preste servicios no solicitados y obligue a pagar por ellos; ofrezca la realización de trámites públicos fuera de oficinas sin autorización para ello; invite, ejerza o solicite el servicio de prostitución; ofrezca o propicie la venta de boletos de espectáculos públicos con precios superiores a los autorizados; o trepe a bardas para observar el interior de un inmueble ajeno. Los castigos están previstos para toda persona que viole dichas disposiciones y tenga más de 11 años de edad. Las medidas -impulsadas por el entonces secretario de Seguridad Pública local y ahora jefe de Gobierno, Marcelo Ebrard-, fueron respaldadas porque consideraron que buscan preservar la tranquilidad y seguridad de la ciudadanía. A propuesta de la ministra Margarita Luna Ramos, el pleno de la SCJN avaló las medidas porque estimó que están justificadas dado que con ellas lo que se busca generar es una mejor convivencia social, evitar molestias a los vecinos o a las personas que circulan por las calles de la ciudad, entre otros puntos. La Corte declaró infundados los argumentos que presentaron diputados locales del PAN de la pasada legislatura para pedir que se declarara inconstitucional los castigos Como parte de la revisión que lleva a cabo de la Ley de Cultura Cívica, la SCJN concluyó que el hecho de que se le haya dado a los policías capitalinos la facultad de asegurar y remitir ante un juez cívico a los infractores no viola la Constitución. El presidente de la Corte, Guillermo Ortiz Mayagoita, explicó que no se trata de una detención sino de un aseguramiento momentáneo de las personas para que sean trasladas ante el juez correspondiente, y en caso de que se le imponga un arresto, tiene la posibilidad de pedir conmutar la sanción por trabajos a favor de la comunidad.
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