![]() | Formato de impresión patrocinado por | ||
| PRI y AN ´congelan´ reglas de la Cámara |
|
Francisco Reséndizy Jorge Herrera
El Universal Viernes 28 de abril de 2006 |
|
El documento reconoce y regula la práctica del cabildeo
|
|
En el último día de sesiones ordinarias de la 59 Legislatura, los coordinadores de las diputaciones del PRI y del PAN decidieron congelar el nuevo Reglamento de la Cámara de Diputados, donde se reconoce y regula, por primera vez, la práctica del cabildeo y se endurecen, además, las medidas para su ejercicio dentro del Palacio Legislativo de San Lázaro. Tal determinación fue justificada en las bancadas del PRI y del PAN, porque en el contenido del nuevo Reglamento se favorecía la discusión y desahogo de las minutas o iniciativas presentadas por el Senado de la República y del Ejecutivo federal, además de no contener un apartado sobre la negativa ficta, es decir, evitar el congelamiento de las iniciativas. El coordinador de la diputación federal del PAN, José González Morfín, como la presidenta en turno -hasta ayer- de la Cámara de Diputados, Marcela González Salas (PRD), advirtieron que las inconsistencias del proyecto de decreto se corregirían mediante consulta con el Senado de la República, a fin de que en un periodo extraordinario de sesiones se apruebe el Reglamento. De esa forma, el proyecto de decreto sólo fue presentado al plenode sesiones como de primera lectura y el compromiso de discutirlo y aprobarlo en un periodo extraordinario de sesiones a realizarse después de las elecciones presidenciales del 2 de julio próximo. Ese dictamen dota, también, de mayores reglas procesales a la labor de los 500 legisladores, aplica mayores sanciones para los faltistas y establece los procedimientos para agilizar el trabajo cameral, aunque laentrada en vigor de este Reglamento -se prevé en los artículos transitorios- será a partir del 29 de agosto próximo, es decir, dos días antes de que los diputados electos de la 60 Legislatura rindan protesta al cargo. Cabildeo En lo referente al cabildeo, el nuevo Reglamento considera un capítulo completo para el tema. "Se entiende por cabildeo toda gestión o petición que se haga ante cualquier órgano o autoridad de la Cámara para obtener una resolución o acuerdo favorable a los intereses del cabildero o de sus contratantes", se lee en el artículo 215. Por cabildero se entenderá -se establece en el documento- "cualquier organismo público, privado o social, así como cualquier persona física que haga gestiones o peticiones". Con este Reglamento se obliga a los cabilderos a inscribirse ante la secretaría general, en un registro público que se difundirá semestralmente en la Gaceta Parlamentaria, con los datos proporcionados por éstos. El incumplimiento de esas disposiciones, se precisa en el proyecto, impedirá cualquier tipo de gestión o cabildeo externo. Pero, las disposiciones también obligan a los diputados federales a informar de las conversaciones que hubieran tenido con los cabilderos sobre cualquier asunto que se encuentre en trámite en la Cámara de Diputados. Este informe debe presentarse por escrito, dirigido al presidente de la comisión que conozca del asunto. Si la comunicación se hace en reunión de comisión, debe quedar constancia en el acta correspondiente". Tales disposiciones se presentan en el marco de acusaciones entre legisladores ante supuesta presiones externas para privilegiar con reformas legislativas a los intereses empresariales, nacionales y extranjeros.
|
|
© 2009 Copyright El Universal-El Universal Online |