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Absuelven a Botín en caso de jubilaciones .

Libra el presidente de Santander los delitos de apropiación indebida y administración desleal sobre las jubilaciones millonarias
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EFE
El Universal
Madrid, España
Jueves 14 de abril de 2005

11:37 La Justicia española ha absuelto al presidente del grupo Santander, Emilio Botín, de los delitos de apropiación indebida y administración desleal en el llamado "caso de las jubilaciones" millonarias.

De esta forma, el fallo de la Audiencia Nacional española, conocido hoy, considera legales las retribuciones de 43,8 y 108.1 millones de euros (57 y 140.5 millones de dólares al cambio actual) cobradas por los ex consejeros de la entidad José María Amusátegui y Angel Corcóstegui al abandonar el banco a mediados de 2001 y a principios de 2002, respectivamente.

La sentencia también absuelve a Amusátegui y Corcóstegui en el "caso de las jubilaciones" del SCH, que se convirtió en la primera entidad de España y América Latina y la décima de Europa tras la fusión entre el Banco Santander y el Banco Central Hispano Americano en 1999.

El fallo, sobre el que cabe recurso de casación en el plazo de cinco días, señala también que deben devolverse los avales que los tres absueltos presentaron ante el juzgado como fianza y que ascendían a 164.2 millones de euros (unos 213 millones de dólares).

El tribunal entiende que no se probó a lo largo del juicio que Botín, Amusátegui y Corcóstegui se apropiaran de dinero del banco y considera que los pagos a los dos últimos fueron retribuciones por los servicios prestados como altos ejecutivos de la entidad.

Además, añade que los pagos a Amusátegui y Corcóstegui no son causantes de perjuicios para el banco.

Señala que el pago fue ordenado por "quien podía hacerlo", que no es otro que el grupo Santander, en primera instancia a través de su Consejo de Administración y posteriormente ratificado por la Junta de Accionistas del banco.

La sentencia, de 52 páginas, agrega que, a la vista del análisis realizado sobre delito societario, "es claro que no se cumplen tampoco los presupuestos de un delito de apropiación indebida".

"No se ha probado que los administradores acusados hayan dispuesto o se apropiaran o distrajeran dinero en perjuicio de la sociedad", precisa.

De esta forma, la Audiencia Nacional recoge de manera íntegra las tesis del Ministerio Fiscal y de las defensas, que no veían delito en los pagos efectuados por el grupo Santander.

En el juicio, que quedó visto para sentencia en febrero pasado, la Fiscalía y las defensas pidieron la absolución al no apreciar indicios de delito, mientras que la acusación solicitó doce años de cárcel para el presidente del Santander y seis años para Amusátegui y Corcóstegui.

Era la primera vez en España que las jubilaciones e indemnizaciones multimillonarias pagadas por bancos y empresas a sus directivos llegaban a los tribunales.

La causa fue iniciada a raíz de sendas querellas presentadas, entre 2002 y 2003, por el que fuera vicepresidente de Banesto en la época de la presidencia Mario Conde, Rafael Pérez Escolar, y por el abogado Francisco Franco Otegui.

alcr

 
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