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Pasos para abrir un negocio en el Distrito Federal .

Lo primero es obtener el permiso de uso de suelo, que cuesta 630 pesos; después debe llenar la Declaración de Apertura para Establecimientos Mercantiles, el algunos casos requieres licencias
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Ana María Rosas / EL UNIVERSAL online
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Lunes 16 de mayo de 2005

Desde hace más de tres años Alejandra vende teléfonos celulares entre sus amigos, el negocio ha ido creciendo y ha decidido que ya es tiempo de poner su propia tienda (con el respaldo de la marca de teléfonos que distribuye), en la Colonia Portales, pero no sabe cómo hacerlo.

Alejandra como muchas personas no se anima a iniciar su propio negocio por falta de conocimiento. Por ello, en EL UNIVERSAL online acudimos a la Secretaría de Desarrollo Económico del Distrito Federal para ver qué es es lo que se necesita para abrir un negocio o establecimiento mercantil.

Antes que nada usted debe tener en cuenta que las zonas se catalogan de diferentes formas: Hay zonas habitacionales; habitacionales con comercio; habitacionales mixtas, habitacionales con oficinas; equipamiento para escuelas, deportivos y hospitales, y áreas verdes o zonificación ecológica.

La distribución geográfica de las zonas depende mucho de la delegación que se trate. Cada una hace su Programa Delegacional de Desarrollo Urbano, ahí se determina en cuáles zonas pueden desarrollar prestación de servicios.

Por ejemplo, sobre Avenida Cuauhtémoc, en la Delegación Benito Juárez, es una zonificación de oficinas. Es decir, se pueden poner gasolinerías y comercios de varios tipos (siempre y cuando no necesiten ningún permiso ambiental) aunque en las calles internas es zonificación habitacional. Esto quiere decir que, en el sentido estricto, en estas calles no se permite abrir negocios de ningún tipo.

Sin embargo, los funcionarios del Gobierno capitalino reconocen que la realidad rebasa la norma. ?Sobre todo en las últimas fechas ante la falta de empleo mucha gente ha abierto negocios en su domicilio, incluso si permiso de suelo. Sin embargo, estas personas trabajan de forma irregular, están expuestos a que los verifiquen y clausuren sus comercios, por trabajar fuera de la norma?, dice una funcionaria que pide no mencionar su nombre.

Permiso de uso de suelo

Antes de abrir cualquier tipo de establecimiento comercial lo primero que se debe tener es un certificado de zonificación (o permiso de uso de suelo). Este documento lo puede obtener en la ventanilla única de cada Delegación, o bien directamente en la Secretaría de Desarrollo Urbano, ubicada en San Antonio Abad número 32. El costo de este certificado es de 630 pesos.

Para obtener el certificado te piden copia de la identificación oficial y copia de la última boleta predial. Tardan aproximadamente cinco días hábiles en entregarlo.

Es importante aclarar que el permiso se expide para el inmueble no para la persona; tiene una vigencia de dos años. Es decir, el interesado cuenta con dos años para concluir con el proceso para abrir su establecimiento. El siguiente paso es la Declaración de Apertura para Establecimientos Mercantiles.

Aviso de Declaración de Apertura

Una vez que ya se cuenta con el permiso de uso de suelo, usted puede realizar su Declaración de Apertura de Establecimientos Mercantiles vía Internet. Para ello puede ingresar a http://www.apertura.df.gob.mx/, este trámite es gratuito y una vez que ha llenado la forma en internet y ésta le ha sido autorizada (con un sello digital) deberá firmarla y ponerla a la vista en su establecimiento.

La Declaración de Apertura no tiene vigencia. Mientras el establecimiento no cambie de de giro no es necesario renovar este documento. Sin embargo, cuando se va a cerrar se tiene que dar aviso de que se cierra o traspasa.

Es importante aclarar que cada Delegación realiza verificaciones aleatorias, pero de entrada a través de este sistema se da un voto de confianza a la gente, ?pero si en un momento dado hay verificación y la Delegación se da cuenta de que se los datos son erróneos, el comercio se puede hacer acreedor a una multa que va desde un día de salario mínimo hasta la clausura del establecimiento.

Por ejemplo si se miente en la Declaración de Apertura de una cafetería y cuando llega la verificación la autoridades se dan cuenta de que es un bar y necesita licencia, entonces se clausura.

En este sentido hay que tener presente que existen otros ordenamientos como la Ley de Establecimientos Mercantiles y la de Protección Civil que regulan los diferentes giros. Estos negocios requieren permisos especiales de Medio Ambiente. Una gasolinería, por ejemplo, requiere de un un estudio de impacto ambiental. Si no cuentan con este documento son acreedoras a una sanción.

En caso de que decida cerrar el establecimiento, deberá hacer un aviso de traspaso en el que conste el acuerdo de voluntades y presentar los nuevos datos del titular. El uso de suelo se mantiene vigente.

Licencias de funcionamiento

Hay algunos comercios para los que no basta la Declaración de Apertura, sino que requieren una licencia de funcionamiento, principalmente aquellos que tienen venta de bebidas alcohólicas, como restaurantes, bares, cantinas y hoteles, porque ahí se venden bebidas alcohólicas. Pero aquellos establecimientos que no tienen venta de bebidas alcohólicas sólo necesitan certificado de zonificación. En el caso de papelerías, mercerías, oficinas y aquellos restaurantes que no venden alcohol, no requieren ese permiso.

Por ejemplo, en el caso de un salón de fiestas (Para bodas y 15 años) se requiere una licencia especial que va a expedir al delegación y que tiene un costo. Existen diferentes tipos de licencias: La Licencia A es para restaurante y hoteles, con un costo aproximado de 6 mil pesos; y la Licencia B, para bares y discotecas, que por ser de más impacto tiene un costo de unos 12 mil pesos.

La licencia de funcionamiento tiene vigencia de tres años pero se revalida.

Anuncio exterior

Una vez que ya se han realizado todos los trámites anteriores se debe solicitar el permiso o licencia para de anuncio. Este trámite se hace en la ventanilla única de cada delegación.

El costo y tiempo para autorizar el anuncio depende de sus dimensiones y el tipo de anuncio; puede ser adherido, soportado, luminoso, etc.

El tipo de anuncio depende de la particularidad de cada zona. Por ejemplo, en el centro histórico y en varias partes de la Delegación Coyoacán no se permiten anuncios luminosos.

Es importante que tome en cuenta que todos los requisitos anteriores son para establecimientos comerciales. En el caso de la industria requieren otro tipo de certificados, principalmente de tipo ambiental.

amr

 

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